Prohibido en Jalisco la exhibición física de animales para su venta

Tras modificaciones , el congreso del estado de Jalisco, aprobó el prohibir la exhibición de animales de compañía para venta en físico, por lo que su comercialización sólo podrá ser a través de fotos.

“Queda prohibida la exhibición de animales domésticos de compañía con fines comerciales en cualquier establecimiento.

“Solamente podrá realizarse su venta por catálogo impreso, digital o por los medios que la tecnología permita y que disponga el establecimiento, evitando el contacto físico directo entre el animal y el público interesado en su adquisición”, establece el artículo 41.

El mismo articulo indica que los comerciantes deberán proveer de espacio, seguridad, ventilación, iluminación, alimentación y toda medida necesaria para la estancia de los animales en instalaciones de resguardo antes de su venta.

Asimismo, en caso de incumplir, los establecimientos serán sancionados.

Por otras parte, a las mascotas en adopción, se deberán entregar debidamente esterilizados y vacunados; además, deberá realizarse un padrón de las personas que adopten a un animal, donde se plasmarán los datos generales del adoptante y la mascota adoptada.

Dicha reforma establece también que el animal tiene que vivir en condiciones dignas, (según su especie) que permitan su sano desarrollo natural.

Además, el propietario del animal, deberá colocar algún distintivo que permita su identificación al salir a la vía pública.

Finalmente, se estableció en el articulo que, el abandonar a una mascota en cualquier sitio, el dueño será acreedor a las sanciones aplicables, así como a resarcir los daños y perjuicios en los casos en que el animal cause daños a terceros.

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